Guiado por un Bufete Directivo elegido por la Junta Directiva de la Cámara, el Centro de Resolución Alternativa de Controversias es un organismo adscrito a la Cámara de Santo Domingo que funciona en la sede de esta institución. Dicho Bufete Directivo está compuesto por personas de reconocida competencia profesional dentro de la comunidad empresarial de Santo Domingo.
En virtud de la Ley 50 – 87 sobre Cámaras de Comercio y Producción modificada por la Ley 181 – 09 del 4 de junio del 2009, la principal función del CRC es ofrecer soluciones alternativas a las controversias de índole comercial que pudieran surgir entre dos o más partes sean éstas físicas o jurídicas, que hayan acordado someter la resolución de las mismas a estos métodos alternos, incluidos entre ellos: el arbitraje, la amigable composición, la conciliación y la mediación.
Atendiendo a la misma Ley, el CRC también puede fungir como institución sede de diferendos internacionales, ya sea porque las partes así lo hayan previamente convenido o como institución delegada en la República Dominicana de organismos internacionales de solución de diferendos.
Es nuestro propósito convertirnos en la principal institución nacional por excelencia especializada en ofrecer herramientas alternativas de resolución de controversias, reconocida por la administración de procesos reglamentados, confiables, confidenciales y eficientes. Estamos para servirte.