Según la Ley 3-02, Art. 1: Es el sistema conformado por la matrícula, renovación e inscripción de los libros, actos y documentos, relacionados con las actividades industriales, comerciales y de servicios, que realizan las personas físicas o morales que se dedican de manera habitual al comercio de las cuales son depositarias y dan fe pública, excluyendo de este trámite a las instituciones sin fines de lucro.
Este se remonta al siglo XII, cuando en la Italia se reglamentó por primera vez el registro de comerciantes y se clasificaron las sociedades, surgió el negocios de los bancos y apareció la letra de cambio.
En la República Dominicana, el legislador ha delegado en las Cámaras de Comercio el manejo del Registro Mercantil. Este se ha convertido en un instrumento de seguridad jurídica y apoyo efectivo a la gestión empresarial, convirtiéndose éste en uno de los servicos más eficientes del país.
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